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Regímenes Fiscales

¿Qué son y cómo elegir el tipo de régimen fiscal?

Estas a punto de iniciar tu negocio y no sabes a qué tipo de régimen fiscal perteneces, es necesario definir si como contribuyente realizaras tus actividades económicas como persona física o como persona moral.

Primeramente, ¿Qué es un régimen fiscal? El régimen fiscal es un conjunto de derechos y obligaciones a los que se hace acreedor un ciudadano a partir de desempeñar una actividad económica específica, en México existen dos tipos de personas fiscales: las personas físicas y las personas morales por tal motivo el régimen fiscal dependerá tanto del tipo de persona que seas como de tu actividad económica y del tamaño de tu negocio.


Regímenes fiscales para Personas físicas:

Una persona física es un individuo que realiza cualquier actividad económica (vendedor, comerciante, empleado, profesionista, etc.), el cual tiene derechos y obligaciones.

Los tipos de regímenes fiscales que puedes elegir de acuerdo con las actividades empresariales que llevarás como persona física son:

Régimen de Incorporación Fiscal

Los contribuyentes personas físicas que realicen actividades empresariales, que vendan bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional, así como aquellos que realicen las actividades señaladas y que además obtengan ingresos por sueldos o salarios, asimilados a salarios o ingresos por intereses, siempre que el total de los ingresos obtenidos en el ejercicio inmediato anterior por los conceptos mencionados, en su conjunto no hubiera excedido de la cantidad de dos millones de pesos.

Ejemplo de actividades empresariales: fondas, misceláneas, salones de belleza, refaccionarias, talleres mecánicos, tintorerías, carnicerías, papelerías, fruterías, ente otras.

Régimen de actividades empresariales


Quienes realicen actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas (Para tributar en este régimen no se establece un límite de ingresos). Por ejemplo: talleres mecánicos, imprentas, restaurantes, cafeterías, cocinas económicas, cantinas, bares, tiendas de abarrotes, misceláneas; minisúpers, escuelas; kinders, guarderías, ferreterías, refaccionarias, entre otras.

Régimen de arrendamiento

Las personas físicas que son dueñas de un bien inmueble como una casa, edificio, departamento, local comercial, terreno o bodega y autorizan a otras personas para que lo utilicen por un tiempo y fines establecidos, a cambio de una cantidad periódica de dinero (renta).

Régimen de actividades profesionales

Les corresponde tributar en este régimen a las personas físicas que obtengan ingresos por prestar servicios profesionales de manera independiente (no como asalariados) a empresas, dependencias de gobierno o a personas físicas en general, por ejemplo: abogados, contadores, arquitectos, médicos, dentistas, ingenieros, entre otros.

Régimen de Asalariados

Las personas físicas que perciben salarios y demás prestaciones derivadas de un trabajo personal subordinado a disposición de un empleador, incluyendo la participación de utilidades y las indemnizaciones por separación de su empleo.


Régimen de Intereses

Se tributará bajo éste régimen cuando se obtengan rendimientos de créditos de cualquier clase.


Régimen por enajenación de bienes

Este régimen aplicará para los que obtengan ingresos por la transmisión de propiedad de bienes, las adjudicaciones, la que se realice mediante arrendamiento financiero, la que se realice a través de fideicomisos, entre otros, como lo establece el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación.


Régimen de los Ingresos por Dividendos

Este régimen abarca a socios o accionistas (personas físicas) que forman parte de una Persona Moral y que obtienen ingresos como ganancias o utilidades.

Régimen de Ingresos por la obtención de premios

Se tributa bajo este régimen cuando se tengan ingresos que deriven de la obtención de premios, celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase que estén legalmente autorizados.


Régimen es fiscales para Personas Morales:

Las personas morales se pueden definir como la unión de varias personas físicas que se unen para la realización de un fin colectivo, son entes creados por el derecho, no tienen una realidad material o corporal, sin embargo, la ley les otorga capacidad jurídica para tener derechos y obligaciones.

Los regímenes fiscales para personas morales consisten en los siguientes:


Régimen General

Dentro de este régimen cualquier persona moral constituida en el país que realice actividades lucrativas tributara bajo este régimen por ejemplo las siguientes entidades:

  • Sociedades mercantiles.

  • Sociedad civil.

  • Asociación civil.

  • Sociedad cooperativa de producción.

  • Instituciones de crédito, de seguros y fianzas.

  • Almacenes generales de depósito.

  • Arrendadoras financieras.

  • Uniones de crédito y sociedades de inversión de capitales.

  • Organismos descentralizados, entre otras.


Régimen con fines no lucrativos

En cuanto a este tipo de régimen, se integran aquellas personas que no busquen ganancias económicas con las actividades que realicen. Es decir, aquellas sin ánimos de lucro. Por ejemplo:

  • Sociedades de inversión.

  • Administradoras de fondos para el retiro.

  • Sindicatos.

  • Cámaras de comercio e industria.

  • Colegios de profesionales.

  • Instituciones de asistencia o beneficencia.

  • Asociaciones civiles sin fines de lucro.

  • Asociaciones deportivas reconocidas por la CONADE.

  • Donatarias autorizadas, entre otras.

Una vez que tenemos ubicado el tipo de régimen al que pertenecemos es importante conocer las obligaciones fiscales del mismo. Sin importar el tipo de persona ya sea física o moral, debemos tener siempre en claro el cumplir con los requerimientos que el Servicio de Administración Tributaría impone para poder continuar con nuestra actividad económica sin presentar incumplimientos fiscales.



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