Antes de inscribirse en Registro Federal de Contribuyentes, es importante conocer los diferentes regímenes de tributación que existen según la personalidad jurídica del contribuyente y las actividades que va a desarrollar para elegir el que mejor se adapte. Es importante conocer los distintos regímenes ya que cada uno tiene beneficios y obligaciones distintas.
¿Qué es el régimen fiscal?
Un régimen fiscal es el conjunto de leyes que rigen una actividad. Los regímenes fiscales se encuentran en los dos tipos de personas (Persona Física y Persona Moral).
Los diversos regímenes para el caso de personas físicas son los siguientes:
I. Ingresos por salarios y en general por la prestación de servicios subordinados (Capítulo I, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Si recibes salarios y prestaciones de un patrón tributarás en este régimen fiscal.
II. Ingresos por actividades empresariales y profesionales (Capítulo II, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Este régimen aplica a las personas que brindan servicios profesionales de manera independiente al igual si realizas actividades comerciales, industriales, de autotransporte, agrícolas, ganaderas, de pesca o silvícolas, te corresponde dicho régimen, este aplica a negocios como restaurantes, cafeterías, fondas, talleres mecánicos, entre otros.
III. Régimen de Incorporación Fiscal (Capítulo I, Sección II, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Es para los contribuyentes que realicen actividades empresariales, que vendan bienes o presten servicios por los que no se requiera para su realización título profesional. El beneficio es que estos contribuyentes no pagarán ISR durante el primer año y a partir del segundo la reducción del impuesto disminuye en 10% anualmente, el tiempo máximo de permanencia en éste régimen será de 10 años.
IV. Ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles (Capítulo III, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Este régimen aplica para los contribuyentes que se dediquen a otorgar en arrendamiento bienes inmuebles.
V. Ingresos por enajenación de bienes (Capítulo IV, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Este régimen aplicará para los que obtengan ingresos por la transmisión de propiedad de bienes, las adjudicaciones, la que se realice mediante arrendamiento financiero, la que se realice a través de fideicomisos, entre otros, como lo establece el artículo 14 del Código Fiscal de la Federación.
VI. Ingresos por la adquisición de bienes (Capítulo V, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Obtienen ingresos por donación, tesoros, adquisición por prescripción, entre otros.
VII. Ingresos por intereses (Capítulo VI, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Se tributará bajo éste régimen cuando se obtengan rendimientos de créditos de cualquier clase.
VIII. Ingresos por la obtención de premios (Capítulo VII, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Se tributa bajo este régimen cuando se tengan ingresos que deriven de la obtención de premios, celebración de loterías, rifas, sorteos, juegos con apuestas y concursos de toda clase que estén legalmente autorizados.
IX. Ingresos por dividendos y en general por las ganancias distribuidas por Personas Morales (Capítulo VIII, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Se tributará bajo este régimen cuando la persona física obtenga ingresos que deriven de dividendos o utilidades que les sean distribuidos por personas morales, por ejemplo, accionistas de empresas.
X. De los demás ingresos que obtengan las personas físicas (Capítulo IX, Título IV de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
Se tributará bajo este régimen cuando se obtengan ingresos por deudas perdonadas, los procedentes de inversiones hechas en sociedades residentes en el extranjero, por explotación de subsuelo, entre otros.
Para el caso de personas morales sólo existen dos regímenes:
I. Personas morales del régimen general (Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
En éste régimen pueden tributar las siguientes entidades:
• Sociedades mercantiles.
• Sociedad civil.
• Asociación civil.
• Sociedad cooperativa de producción.
• Instituciones de crédito, de seguros y fianzas.
• Almacenes generales de depósito.
• Arrendadoras financieras.
• Uniones de crédito y sociedades de inversión de capitales.
• Organismos descentralizados, entre otras.
II. Personas morales con fines no lucrativos (Título III de la Ley del Impuesto Sobre la Renta).
En éste régimen pueden tributar las siguientes entidades:
• Sociedades de inversión.
• Administradoras de fondos para el retiro.
• Sindicatos.
• Cámaras de comercio e industria.
• Colegios de profesionales.
• Instituciones de asistencia o beneficencia.
• Asociaciones civiles sin fines de lucro.
• Asociaciones deportivas reconocidas por la CONADE.
• Donatarias autorizadas, entre otras.
Si una persona física o moral tienen contemplado su inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes es importante conocer los diferentes regímenes fiscales para estar en el adecuado y evitar tener conflictos posteriores en el desarrollo de su actividad.
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