Ajuste anual por inflación.
- KHA ConsultorĆa
- 30 abr 2020
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Para el caso de los contribuyentes personas morales es necesario que calculen el ajuste anual por inflación para su declaración anual, se realiza con la finalidad de darle reconocimiento a los efectos inflacionarios en las operaciones de créditos y deudas.

Lo anterior de acuerdo a lo establecido en el artĆculo 44 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta:
ArtĆculo 44. Las personas morales determinarĆ”n, al cierre de cada ejercicio, el ajuste anual por inflación, como sigue:
I. DeterminarƔn el saldo promedio anual de sus deudas y el saldo promedio anual de sus crƩditos.
El saldo promedio anual de los crĆ©ditos o deudas serĆ” la suma de los saldos al Ćŗltimo dĆa de cada uno de los meses del ejercicio, dividida entre el nĆŗmero de meses del ejercicio. No se incluirĆ”n en el saldo del Ćŗltimo dĆa de cada mes los intereses que se devenguen en el mes.
II. Cuando el saldo promedio anual de las deudas sea mayor que el saldo promedio anual de los créditos, la diferencia se multiplicarÔ por el factor de ajuste anual y el resultado serÔ el ajuste anual por inflación acumulable.
Cuando el saldo promedio anual de los créditos sea mayor que el saldo promedio anual de las deudas, la diferencia se multiplicarÔ por el factor de ajuste anual y el resultado serÔ el ajuste anual por inflación deducible.
III. El factor de ajuste anual serĆ” el que se obtenga de restar la unidad al cociente que se obtenga de dividir el Ćndice Nacional de Precios al Consumidor del Ćŗltimo mes del ejercicio de que se trate entre el citado Ćndice del Ćŗltimo mes del ejercicio inmediato anterior.
Cuando el ejercicio sea menor de 12 meses, el factor de ajuste anual serĆ” el que se obtenga de restar la unidad al cociente que se obtenga de dividir el Ćndice Nacional de Precios al Consumidor del Ćŗltimo mes del ejercicio de que se trate entre el citado Ćndice del mes inmediato anterior al del primer mes del ejercicio de que se trate.
Los crĆ©ditos y las deudas, en moneda extranjera, se valuarĆ”n a la paridad existente al primer dĆa del mes.
Para calcularlo serĆ” necesario la contabilidad del contribuyente, especĆficamente un concentrado de los saldos de las cuentas de crĆ©ditos y deudas de cada uno de los meses.
A continuación, dejamos las cuentas mÔs comunes de créditos y deudas.
CrƩditos:
Bancos.
Inversiones en valores.
Clientes.
Documentos por cobrar.
Deudores diversos.
Deudas:
Proveedores.
Acreedores diversos.
PrƩstamos bancarios.
Documentos por pagar.
Impuestos por pagar.
A continuación, dejamos tabla a manera de ejemplo:
Información del ejercicio 2019.

Determinación de saldos promedios de créditos.
Realizamos una suma de crƩditos, es decir documentos por cobrar, bancos, clientes e inversiones en valores.
En este caso la suma da como resultado: $102,973,057.68.
Posteriormente determinamos el promedio, es decir, el total entre los 12 meses del aƱo.
En este caso el promedio da como resultado: $8,581,088.14.
Determinación de saldos promedios de deudas.
Realizamos una suma de proveedores y acreedores diversos.
En este caso la suma da como resultado: $78,836,754.30.
Posteriormente determinamos el promedio, es decir, el total entre los 12 meses del aƱo.
En este caso el promedio da como resultado: $6,569,729.53.
Una vez obtenidos los promedios, determinamos la diferencia de estos. Restamos al mayor el menor.

En este caso, el promedio de crĆ©ditos es mayor, por lo cual, el ajuste anual por inflación serĆ” deducible, en caso contrario, serĆa acumulable.
DespuĆ©s, necesitamos determinar el factor de la inflación, debemos dividir el Ćndice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) de diciembre del ejercicio que declaramos, entre el INPC de diciembre del ejercicio anterior.
Para este caso necesitaremos diciembre 2019 y diciembre 2018. Se dividen y determinamos el factor hasta el diezmilƩsimo. Es decir, 4 decimales.

Al factor obtenido le restamos la unidad y lo multiplicamos por la diferencia.

El realizar el ajuste anual por inflación es un procedimiento muy sencillo y es necesario conocerlo para atender a nuestras obligaciones fiscales como contribuyentes.